Requisitos para aplicar al subsidio

de subsidio de vivienda

Para la postulación a esta modalidad de subsidio se debe contar con licencia de construcción aprobada y recursos económicos para la mano de obra. 

Además: 
1.    Los integrantes del hogar deben estar residiendo desde hace siete (7) años en el municipio de Envigado.

2.    Los ingresos familiares totales mensuales deben ser iguales o inferiores a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).

3.    El postulante y su grupo familiar deberán estar registrados en la base de datos del Sisbén versión IV del Municipio de Envigado, actualizado con su grupo familiar.

4.    Acreditar el título de propiedad del lote y/o terraza donde se realizara la construcción, a nombre de cualquiera de los miembros del hogar postulante.

5.    Acreditar el cierre financiero para la construcción de la vivienda (inicio de obra y mano de obra para la construcción a realizar)

6.    El predio debe contar con la posibilidad de acceder a servicios públicos domiciliarios para consumo humano y doméstico, según con las normas legales.

7.    El avaluó catastral del predio sujeto de la intervención debe ser igual o inferior al valor de una vivienda de interés prioritario (VIS) 150 SMLMV.

8.    La licencia de construcción debe estar vigente para el momento de la presentación de la solicitud y hasta tanto se culmine la obra.

9.    El lote o terraza no debe estar ubicado en zona de amenaza o riesgo alto por algún evento natural o antrópico y se debe contar con certificación de uso de suelo.

10.   El postulante no puede haber sido adjudicatario en forma anterior de: subsidio de plan lotes y terrazas, subsidio para adquisición de vivienda nueva (VIS) o vivienda de interés prioritario (VIP) y/o usada.

11.    El postulante debe estar a paz y salvo con los impuestos y valorizaciones sobre el inmueble al momento de la adjudicación del subsidio.

12.    En caso de poseer otro inmueble que no sea construible, (diferente al proyecto), deberá presentar certificación de la curaduría urbana o del Departamento Administrativo de Planeación del lugar de ubicación del inmueble y la razón por la cual, no es susceptible de ser construible.